Esta es decisión de la sentencia del tribunal nº8 de Sevilla en el pleito que el ICO interpuso contra el ayuntamiento de Guillena. El origen de la deuda estaba en el conjunto de préstamos que la empresa municipal DIPRASA solicitó para construir 53 viviendas de protección oficial.
Para la concesión de los diferentes créditos el ICO solicitó una garantía al ayuntamiento, y según comentó el portavoz del PSOE, Antonio Garrido, en el pleno de 26 de enero de 2022, dicha garantía la hizo por medio de una carta el anterior alcalde socialista Justo Padilla. Como dicha carta no pasó por el pleno en su día, esto constituía, a juicio del PSOE actual, una acto administrativo nulo.
Dicha declaración era la base para la defensa en el juicio interpuesto por el ICO por la cantidad 1’7M€, una vez que ya había ganado otro juicio para cobrar 300000€ como parte de los intereses impagados.
Según la interventora en su informe sobre dicho pleito, la posibilidad de perderlo, ponía en serio riesgo el capítulo I del presupuesto municipal.
Los concejales de Izquierda Unida declaran que encontraron el decreto de alcaldía que encomendaba la defensa jurídica para la alegación a esta sentencia de 1ª instancia.
Así, este grupo ha manifestado que esta sentencia junto con la reciente anulación del Plan de Delimitación de Suelo aprobado en 2020 es “una muestra más de la incapacidad para gestionar de Lorenzo Medina y su equipo, y del perjuicio que dicha gestión ocasiona al municipio de Guillena”